

El pasado 6 de Noviembre de 2010 entró en vigor una de las grandes demandas del colectivo de los autónomos, el derecho a poder recibir también un subsidio por desempleo, que se ha dado a conocer por Prestación por cese de actividad (PCA). Vamos a ver en qué consiste, los requisitos, cantidades que se pueden llegar a recibir y quienes podrán acogerse al mismo.

Antes hay que señalar que, debido a la actual situación de crisis, los autónomos en muchos casos se ven obligados a cesar en su actividad, por lo que era lógico y coherente que también tuvieran derecho a cobrar un subsidio para poder afrontar mejor una situación que nadie quiere. Al final, las peticiones del colectivo se tuvieron en cuenta, y se llegó a un acuerdo por el que el Gobierno se comprometió a aprobar dicha prestación.
Este prestación tiene como objeto aquellos autónomos que han tenido que cesar de forma obligaotira en su actividad de forma total, ya sea de forma temporal o habitual. Por tanto, estarán exentos de recibirla quiénes cesen de forma voluntaria. Hay que estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial del Mar, haber cotizado de forma continuada los doce meses anteriores al cese de la actividad, no haber cumplido la edad requerida para tener derecho a percibir la pensión de jubilación. Además, habrá que estar al corriente de todos los pagos y manifestar la voluntad de poder incorporarse al mercado de trabajo.
Es importante señalar que es obligatorio haber cotizado al menos 36 meses y que la duración de la prestación se determinará en función de las cotizaciones de los 48 meses anteriores al fin de la actividad. En función de los meses cotizados se calculará los meses de protección, que podrán ir de 2 a 12 meses. Y la cuantía de dicho subsidio será el 70 % del promedio de las bases de los últimos 12 meses que se hayan cotizado de forma consecutiva y anterior al cese de la actividad. En cifras, el importe estará entre 497,10 y 1.390,70 euros.
Este subsidio será incompatible con la realización de cualquier tipo de trabajo y otras prestaciones de la Seguridad social. Un detalle importante a tener en cuenta también es que no se podrá recibir otra prestación hasta 18 meses después de la finalización de la PCA.
Para acabar hay que señalar los supuestos legales reconocidos como cese de actividad:
- Pérdidas económicas en su actividad durante un año superiores al 30% de sus ingresos, o de dos años con pérdidas superiores al 20%, en ambos casos consecutivos y completos. (No se contempla el primer año de actividad)
- Ejecuciones judiciales tendentes al cobro de deudas reconocidas por los órganos judiciales que comporten, al menos, el 40% de los ingresos en el ejercicio económico anterior.
- Declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad.
- Por fuerza mayor.
- Por pérdida de licencia administrativa.
- Trabajadoras autónomas víctimas de violencia de genero.
- Por divorcio o separación matrimonial en los supuestos de ejercer funciones de ayuda familiar.
- Trabajadores autónomos dependientes (TRADE): Cese de actividad por extinción del contrato suscrito con el cliente del que dependan económicamente.
- Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado
- Trabajadores que ejercen su actividad profesional conjuntamente
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¿Dónde estabas tú? ¿Qué recuerdas de este acontecimiento histórico que se vivió en España hace tan solo 30 años?
Muchos son los que vivieron este momento histórico. Algunos se acuerdan, otros eran tan jóvenes que quizá confundiran ese día con una película de ciencia ficción. Pues ahora, casi treinta años después y coincidiendo con el treinta aniversario, el 23-F vuelve a la gran pantalla con grandes actores de la talla de Paco Tous, Juan Diego, Fernando Cayo, Mariano Venancio o Ginés García Millán.
“23-F” es la primera película que pretende contar, de principio a fin, el intento y frustrado Golpe de Estado de 1981. Se rememora todo, desde la toma del Congreso hasta la liberación de los diputados a través de las diecisiete horas y media que hicieron temblar los cimientos de una joven democracia.

Por un lado, Tejero (Paco Tous) y sus hombres. De otro, el Rey (Fernando Cayo) que desde su despacho, intenta contener al ejército y organizar las fuerzas civiles. En medio, un complejo entramado donde Milans y Armada mueven los hilos. Con todo un país, al fondo, que vive pendiente de la radio y la televisión.
“23-F”es la historia de tres golpes. El de Milans, el de Armada y el de Tejero. Tres modelos que fracasan cuando, borracho de poder en el Palacio de Congresos, Tejero empieza a entender que lo han utilizado…
Te proponemos una cosa. Haz memoria y piensa dónde estabas aquel 23 de febrero de 1981. Algunos famosos como María Galiana, Paco Tous, Fernando Tejero o el ciclista Perico Delgado nos cuentan, en primicia, qué hacían ellos y qué se les pasó por la cabeza.
Click here to view the embedded video.
Si quieres enterarte de todo y que no se te quede ningún cabo suelto con esta palícula, o, simplemente quieres revivir un pasaje de nuestra historia entra y participa en el perfil de Facebook de “23-F, la película”. Podrás no solo saber las últimas noticias en referencia al estreno, también podrás añadir comentarios y responder a la pregunta que te formulamos antes: ¿Dónde estabas tú? ¿Qué recuerdas de este acontecimiento histórico que se vivió en España hace tan solo 30 años?.
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Mañana se cumplen 28 años de la expropiación que realizó el Gobierno español de Rumasa, un conglomerado de más de 700 empresas propiedad del empresario José María Ruiz-Mateos. 28 años después parece que se puede volver a repetir la historia con Nueva Rumasa.
Rumasa estaba integrada por importantes empresas de sectores como la Banca (Banco Atlántico, Banco de Jerez, Banfisa, Eurobank…), grandes almacenes (Galerías Preciados), producción vinícola (Garvey, Bodegas Paternina…) u hostelería (cadena de hoteles “Hotasa). En total, contaba con una plantilla de más de 60.000 personas y tenía una facturación de unos 2.000 millones de euros. El 23 de febrero de 1983 el Gobierno socialista de aquella época decidió la expropiación forzosa del grupo, mediante Decreto-Ley, por la gran complejidad de todo el entramado empresarial de Rumasa.

Como causas se señalaron la defensa de la estabilidad del sistema financiero que se podría ver amenazado, garantizar los derechos de los trabajadores, accionistas y depositantes, así como de proveedores y clientes de las distintas empresas del grupo. El gobierno entendía que el grupo se encontraba en crisis y podía tener graves consecuencias económicas y sociales para el global del país.
Tras esta expropiación se fueron reprivatizando las distintas empresas y se inició una carrera jurídica por parte de su propietario y familia por intentar recuperar el grupo, las distintas empresas e invalidar la decisión del gobierno.
13 años después, en 1996, José María Ruiz-Mateos decidió crear Nueva Rumasa, intentando recupera el modelo del grupo original, pero con cambios en su estructura para intentar evitar otra expropiación. Pasa de ser un holding a un grupo de empresas que se coordinan independientemente pero sin dependencia financiera. Además evitó adquirir bancos y compañías de seguros. Según el propio grupo cuentan con más de 10.000 trabajadores y un patrimonio valorado en 5.900 millones de euros.

Algunas de las empresas que forman Nueva Rumasa son el Grupo Dhul, que integra conocidas marcas como Trapa, Clesa o Elgorriaga. Está metida también en el sector hostelero, con un total de 18 hoteles. Tiene una gran cantidad de bebidas que fabrican en sus bodegas, y es propietaria del equipo de fútbol del Rayo Vallecano.
En esta situación, de nuevo Nueva Rumasa y sus propietarios, la familia Ruiz-Mateos, ha vuelto a saltar a la actualidad al conocerse que cuenta con una deuda de 700 millones de euros con bancos, organismos públicos y distintos acreedores. Destacando especialmente los 434 millones de euros que adeudan entre Clesa y Dhul. Los distintos bancos, como el Banco Santander, están reclamando la deuda y embargando los bienes. La situación se agrava ya que la semana pasada el grupo anunció que sus 10 empresas más importantes se acogían a la nueva Ley concursal para renegociar la deuda e intentar evitar la suspensión de pagos.
Hay que tener en cuenta que en 2009 Nueva Rumasa inició una emisión de pagarés, con un importe mínimo establecido en 3.300 euros, y asegurando que se comprometía a devolver con un 8 % de rentabilidad anual. La Comisión Nacional del Mercado de Valores hizo advertencias de que no habían sido subscritas en el Registro mercantil y sobre el riesgo que suponía. A pesar de ello la empresa asegura que más de 5.000 inversores han confiado en ellos. El problema viene ahora, ya que para evitar una hipotética expropiación por parte del gobierno, el grupo está controlado desde un paraíso fiscal que hace muy difícil controlar todo el entramado, así como sus cuentas. Aunque el grupo ha indicado que no lo ha hecho para evadir impuestos, ni esconder sus cuentas, sino para evitar una posible expropiación mediante un método legal conocido como sándwich holandés. Pero esto mismo es lo que preocupa a los organismos, porque en caso de quiebra sería muy difícil recuperar los 140 millones de euros invertidos por esos 5.000 inversores.
Desde Nueva Rumasa se señala que no hay nada que temer porque es un grupo muy solvente, y que se podría hacer frente al pago de la deuda y del dinero de los inversores. Habrá que ver como evoluciona todo este proceso, de inesperadas consecuencias, lo que está claro es que, a pesar de tener tantas similitudes, los sistemas de protección que se ha buscado Nueva Rumasa hacen casi imposible, llegado el caso, una nueva expropiación.
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17 de los principales grupos empresariales españoles han formado el Consejo Empresarial para la Competitividad, un “think-tank” o grupo de presión, que intentará aportar ideas que impulsen a la economía española en estos momentos de crisis, de manera que se impulse nuestra economía y credibilidad internacional.
Este Consejo Empresarial para la Competitividad está formado por Telefónica, El Corte Inglés, Mango, Grupo Barceló, Banco Santander, Repsol, Acciona, La Caixa, BBVA, Inditex, Grupo Planeta, MAPFRE, ACS, Ferrovial, Havas Media Group, Mercadona e Iberdrola, y el Instituto de la Empresa Familiar.

Para entender la importancia de todas estas empresas, hay que señalar que facturan el equivalente al 35,2 % del Producto Interior Bruto español (PIB). Estará dirigido por Fernando Casado, expresidente de CatalunyaCaixa y exdirector general del Instituto de la Empresa Familiar. Casado ha señalado la importancia de este grupo ya que, según él, es la primera vez que en España un grupo de empresas se unen para recuperar la senda del crecimiento económico. La presidencia del Consejo será rotatoria, siendo el primero César Alierta, presidente de Telefónica.
Alierta señaló que, a pesar de la situación actual, España tiene un gran potencial económico, por lo que hay que enforcar el esfuerzo en que aumente la confianza del resto de países en nuestra economía. Para ello, todas las empresas que forman el Consejo se comprometen a aportar informes sobre las distintas necesidades en materia económica del país, a través de sus gabinetes de estudios. Y también a hacer llegar sus ideas a las pequeñas empresas.
Tendrá un carácter temporal y meramente informativo y de ayuda. Surgió después de la reunión que tuvieron las principales empresas de este país con el presidente del gobierno, José Luis Rodriguez Zapatero, y la preocupación expresada por dichas empresas sobre la situación del país. Las empresas que forman el grupo lo hacen, según sus palabras, por una “responsabilidad social corporativa total”.
Habrá que ver como evoluciona este Consejo, y si sus informes son realmente utilizados para ayudar al global del país y no sólo para su propio beneficio y también si tendrá en cuenta el gobierno estos consejos y ayudas en materia económica. Este tipo de consejos o grupos de presión son muy famosos en otros países como Estados Unidos, Inglaterra o Alemania. Sin embargo, desde algún sector se piensa que es una especie de grupo de poder que ante la situación actual intentan presionar al gobierno para que tomen las medidas económicas que ellos consideren más oportunas.
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La grave crisis interna que está viviendo estos días Libia está afectando al resto de los países provocando una gran subida del precio de la gasolina que está subiendo de manera continua en el resto de países y, lo que es peor, sin vistas a que la situación cambie. Hay que recordar que el país norteafricano es uno de los mayores exportadores de petróleo, del que depende gran parte de su economía, y es uno de los países que forman la OPEP (Organización de países exportadores de petroleo.

Esta crisis y tensión política en Libia ha llevado a que el precio de la gasolina sube un 2,2 % en el mes de febrero, cerca del máximo histórico alcanzado el pasado 20 de enero, cuando se sitúo en 1,285 euros por litro, frente a los 1,271 de la semana pasada. Además, el precio del gasóleo se ha encarecido también un 1%. Todo ello no ayuda nada a la economía española, que ya se encuentra en un momento de crisis, y que ve como ahora cuesta más llenar el depósito de los vehículos. Si queremos llenar, por ejemplo, 50 litros nos costará más de 64 euros, lo que supone un incremento de 9 euros respecto a hace un año.
El problema más grande, es que esta evolución de incremento del valor puede acentuarse los próximos días, debido a la escalada de violencia interna que vive el país africano. Buena prueba de ello es que, en la última semana, el precio de un litro de gasolina se ha encarecido un 1,18 %.
El precio del Brent, barril de crudo que se toma como referencia en Europa, se sitúo en 119,79 dólares, cifra más elevada desde 2008. En total, la subida de los últimos siete días alcanza ya un 7 %.
La situación de Libia se agrava por la que ya vivían últimamente otros países exportadores de petróleo como puede ser Túnez. Desde que se originaron las revueltas en ese país hasta ahora se ha incrementado un 25 %. Lejos quedan los 95,25 dólares de cuando se inició el conflicto en Túnez.
Esta subida del precio de gasolina y gasóleo se viene potenciada por el incremento de impuestos especiales que se estableció en España en 2009 y la subida del tipo del IVA el año pasado. Todo esto lleva a que el precio siga subiendo y que los consumidores y trabajadores vean como el gasto debilite aún más sus economías. El gobierno deberá empezar a pensar alternativas, ya que la situación en los países puede tender a alargarse en el tiempo, que reduzcan el precio de gasolina y gasóleo.
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La revolución que ha supuesto internet y las nuevas tecnologías han producido numerosos cambios y mejoras en el mundo mercantil, así como en la formalización de contratos. Así, el ordenamiento jurídico español se adaptó a los nuevos tiempos, recogiendo estos nuevos contratos electrónicos en la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Estos contratos por vía electrónica se han extendido en el ámbito empresarial y también entre consumidores y usuarios, pasando a ser los más utilizados por la gran comodidad que suponen para las partes contratantes, ganando en tiempo y dinero.

Lo primero que habría que señalar es que no se trata de un tipo de contrato diferente al que se realiza por otros medios, sino que su nombre viene dado por el medio electrónico por el que se celebra. De tal manera, estos contratos tendrán la misma validez y producirán los mismos efectos jurídicos que el contrato tradicional. Sin embargo, aparte de los requisitos generales para la realización de un contrato, tendrán que cumplir con una serie de requisitos especiales u obligaciones que establece la citada ley:
- “…el prestador de servicios de la sociedad de la información que realice actividades de contratación electrónica tendrá la obligación de poner a disposición del destinatario, antes de iniciar el procedimiento de contratación y mediante técnicas adecuadas al medio de comunicación utilizado, de forma permanente, fácil y gratuita, información clara, comprensible e inequívoca sobre los siguientes extremos:
- Los distintos trámites que deben seguirse para celebrar el contrato.
- Si el prestador va a archivar el documento electrónico en que se formalice el contrato y si éste va a ser accesible.
- Los medios técnicos que pone a su disposición para identificar y corregir errores en la introducción de los datos, y
- La lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato.”
Sin embargo, el prestador no tendrá esta obligación de informar cuando ambas partes así lo acuerden y ninguno de ellos tenga la consideración de consumidor.
- Las ofertas o propuestas de contratación realizadas por vía electrónica serán válidas durante el período que fije el oferente.
- Con carácter previo al inicio del procedimiento de contratación, el prestador de servicios deberá poner a disposición del destinatario las condiciones generales a que, en su caso, deba sujetarse el contrato, de manera que éstas puedan ser almacenadas y reproducidas por el destinatario.
- Obligaciones posteriores a la celebración del contrato:
- “El oferente está obligado a confirmar la recepción de la aceptación al que la hizo por alguno de los siguientes medios:
- El envío de un acuse de recibo por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente a la dirección que el aceptante haya señalado, en el plazo de las veinticuatro horas siguientes a la recepción de la aceptación, o
- La confirmación, por un medio equivalente al utilizado en el procedimiento de contratación, de la aceptación recibida, tan pronto como el aceptante haya completado dicho procedimiento, siempre que la confirmación pueda ser archivada por su destinatario.”
Por lo demás, como hemos dicho se tratan de contratos exactamente igual que los tradicionales, y como tal se podrán admitir como prueba en un juicio. Sin embargo, a pesar de lo dicho, hay que indicar que estos contratos electrónicos no son válidos para contratos relacionados con el Derecho de familia y sucesiones.
Algunos de estos nuevos tipos de contrato electrónico estarían los contratos de hosting, creación de páginas web, licencias de software, outsorcing…Por otra parte, el derecho español establece una serie de derechos especiales para los consumidores en este tipo de contratos, dada su especial naturaleza.
Dentro de estos contratos, se podrían señalar distintos tipos: contrato electrónico de comercio directo o indirecto, en función de si el contrato requiera de la presencia física o no del prestador en la entrega de los bienes o servicios. Contrato electrónico puro o mixto, según las partes declaren su voluntad por medios exclusivamente electrónicos (páginas web, correo electrónico…) o requiera también algún otro tipo de manifestación de la voluntad más tradicional. Contratos electrónicos de consumo o mercantiles. En los primeros, al menos una de las partes es consumidor y en los otros las dos partes son empresa o profesionales. Hay que distinguir entre contratos de entrega de un bien, ya sea material o inmaterial, y contratos de prestación, cuando se preste un servicio. En función de la forma de pago elegida, tendremos también contratos con pago electrónico y contratos con pago tradicional (efectivo, cheque…).
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Muchas veces oímos quejarse a agricultores, ganaderos y pescadores por los escasos beneficios que ellos perciben, y cómo los distribuidores e intermediarios son los que realmente elevan el precio final que recibimos los consumidores finales.

Iberinform, elaboración de información comercial y financiera, ha elaborado un informe que nos permite ver cómo se divide realmente el precio de los alimentos más habituales y que desprende unos interesantes datos. Para ello se ha basado en los datos del Observatorio de precios de los Alimentos, organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y que realiza tareas de consulta, asesoramiento, información y estudio en materia de precios de los alimentos. En la tabla que han elaborado podemos ver como se distribuye el precio en porcentajes, tanto en origen como destino, de algunos de los principales productos agrícolas, cárnicos y pescados.
En un primer vistazo nos damos cuenta que las quejas de los productores tienen mucho fundamento, ya que en muchos de los productos su parte del porcentaje del precio final no llega ni al 40 %. Hay que tener en cuenta que ahí no estamos hablando de su beneficio, sino que al valor que suponga ese tanto por ciento habría que descontar todos los costes inherentes a la producción para poder determinar su margen de beneficio. Con porcentajes tan bajos, está claro que muy altos no pueden ser en muchos de los casos. Especialmente sangrante es el caso de muchos de los productos agrícolas como el limón, dónde el precio sólo se ve influenciado por el agricultor en un 6 %, la naranja con un 15 %, o la manzana con un 19,9 %. Además, en muchos de los productos, como vemos, entran en juego los mayoristas, que en muchos casos son empresas mucho más grandes, y que por tanto pueden optimizar mucho mejor los costes, por lo que además de tener porcentajes mucho mayores que los de agricultores, ganadores o pescadores, encima obtendrán un mayor beneficio de ellos.

Pero lo que más claro se puede determinar con este informe, es que el distribuidor es el principal “culpable”, en efecto, de que se eleven mucho los precios. Es este sector el que obtiene los mayores beneficios sobre el precio de los productos. En muchos casos se puede considerar hasta excesivo el elevado porcentaje que suponen en el total del precio.
Evidentemente en cada producto entraran distintos aspectos a tener en cuenta, pero en general hay que señalar que es un reparto nada equitativo, quedando totalmente menospreciado el trabajo más complicado que es el de los productores, y que provoca, que los consumidores finales paguemos mucho más por el producto final. Tal vez, una solución sería poder establecer cadenas de distribución más directas entre productor y consumidor.
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El mercado automovilístico es uno de los que más está sufriendo las consecuencias de la crisis, con perdidas millonarias por el descenso en ventas que lleva sufriendo en los últimos tiempos. Lejos de mejorar la situación, en los últimos meses esa tendencia se está acrecentando.

De hecho, los dos primeros meses del año ofrecen cifras muchos peores que las del año pasado en las mismas fechas. En total, el número de matriculaciones en el recién terminado mes de Febrero ha caído un 27,6 %. Unas cifras que empieza a ser insostenible para el sector. Sumando el porcentaje del mes de Enero, el descenso en el número de turismos y todoterrenos vendidos se sitúa en un 25,8 % respecto al mismo período del año 2010. En cifras, el número de unidades vendidas es de 119.754, frente a las 150.651 que se vendieron en los dos primeros meses del año pasado. En Febrero se vendieron tan solo 66.120 unidades. Un dato muy preocupante, porque ya se sitúa al nivel de las ventas de mediados de los años 90.
Como suele pasar, el mayor descenso se ha producido en la venta de vehículos a particulares, dónde la caída es muy fuerte, alcanzando un 46,4 % en el pasado mes. Tan solo, se vendieron 30.110 unidades. De todas formas, el descenso podría ser mucho mejor de no ser por el ligero aumento que ha sufrido entre los coches vendidos a empresas y compañías de alquiler.
Este indicativo nos demuestra, una vez más, que la crisis lejos de superarse está afectando mucho al usuario final o particulares, lo que está limitando mucho el consumo. Así, lo han señalado Anfac (patronal de fabricantes) y Ganvam (patronal de vendedores), para las que esta caída tan grande se debe por la coyuntura económica del país, la enorme tasa de paro y el mayor nivel de renta provocado por la subida de inflación, de los carburantes, impuestos y el EURIBOR. Todo ello, hace que sea muy difícil para los particulares plantearse la adquisición de un nuevo vehículo.
Además, la nueva medida del gobierno de limitar la velocidad en autopistas y autovías a 110 kilómetros por hora no ayuda en la compra de nuevos vehículos, y desde las dos patronales se considera que limita aún más el interés en la compra de vehículos.
Como se está viendo en otros sectores de consumo, los coches de lujo no se ven afectados por la crisis, de forma que las personas con mayor poder adquisitivo son las que menos notan la crisis. Como demuestra, que en el mes de Febrero las matriculaciones de coches de lujo subieron un 178% (237 unidades). Dato bastante significativo, que debería hacer pensar al gobierno en otro tipo de medidas, que graven más a las rentas más altas y no al resto de ciudadanos como está pasando. Sino, los próximos meses seguiremos con esta tendencia de descenso también en el sector del automóvil y que alcanza su octavo mes consecutivo de descenso en las ventas.
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La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha remitido una carta a los presidentes de las asociaciones de entidades financieras que operan en España en la que se exponen algunas directrices para tratar de asegurar la protección a los inversores.
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Distinción asesoramiento / comercialización
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“Los servicios de asesoramiento en materia de inversiones y el de colocación o venta de productos financieros presentan importantes diferencias que obligan a que se establezca una frontera clara entre ambas actividades, de manera que el nivel de protección que recibe el inversor se adecue al servicio efectivamente prestado y no exista ambigüedad para el cliente sobre el servicio que está recibiendo”.
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La labor del asesor no es la misma que la de un comercial o distribuidor en materia de inversiones, igual que la del médico no es la misma que la del farmacéutico. En el caso en que se confundan estas dos funciones, la independencia se ve comprometida.
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Sobre la información a transmitir a los clientes.
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“Resulta apropiado que la documentación que las entidades utilicen para informar al cliente sobre las características y riesgos del instrumento financiero incluya un apartado específico que recoja de forma comprensible los riesgos que afectan al producto. Asimismo, es importante realizar todos los esfuerzos posibles para que la documentación esté redactada de forma clara y breve, en lenguaje llano”.
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La información que se transmite a los clientes tiene que adaptarse a los conocimientos de los inversores, principalmente en las características principales que definen los productos de inversión. La transparencia es clave para asegurar el que los clientes conozcan lo que están comprando.
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Si queréis leer la carta remitida por la CNMV, podéis visualizarla
aquí
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Asesoramiento Financiero Independiente
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Hoy os traemos el ranking de las empresas más importantes de España en función del montante total de facturación. Lidera este particular top Mercadona, que sigue con su ascenso imparable y que le ha llevado a liderar en pocos años el mercado. En menos de cinco años ha pasado de la séptima a la primera posición.

Se trata de una lista dominada por las empresas relacionados con el petróleo, la energía, las nuevas tecnología y las grandes superficies comerciales. Destacando especialmente Repsol y Telefónica, que ocupan entre ambas seis de estas diez primeras posiciones.
1- Mercadona: La empresa valenciana, dedicada al comercio al por menor y con un total de 62.00o empleados ya, ha generado unas ventas durante el 2010 de 14.402.371.000 de euros.
2- Repsol Petróleo: una de las divisiones de la petrolera Repsol. Cuenta con un total de 3.423 empleados repartidos por todo el mundo y facturó durante el año pasado un total de 14.395.000.000 euros.
3- Cepsa: Otra de las compañías petroleras de esta lista, que precisamente ha perdido el segundo puesto frente a su competidora Repsol Petróleo. A pesar de ello ha seguido teniendo unas ventas millonarias de 14.127.848.000 euros.
4- Repsol Comercial de Productos Petrolíferos: otra de las empresas de Repsol se sitúa entre las 10 más importantes. La división de la compañía dedicada al comercio mayorista tuvo unas ventas por un total de 12.892.000.000 €.
5- El Corte Inglés: continúa siendo la principal red de grandes superficies española, lo que le permite mantener el quinto puesto entre las empresas más importantes españolas. Con 63.629 empleados, tuvo unas ventas durante 2010 de 11.555.893.000 euros.
6- Telefónica de España: la empresa de telecomunicaciones sigue teniendo una posición dominante, a pesar de la creciente competencia, en el sector lo que le permite ocupar esta sexta posición. En total ha generado unas ventas de 11.247.657.000 euros.
7- Repsol Ypf Trading y Transporte: la tercera de las empresas de Repsol que se sitúa entre las diez primeras. Dedicada al transporte marítimo de mercancías, tuvo durante 2010 unas ventas de 10.122.000.000 euros.
8- Centros Comerciales Carrefour: la división española de la empresa francesa se sitúa en esta octava posición, gracias aun incremento de las ventas durante el pasado 2010, año en el que alcanzaron un total de 9.039.254.000 euros.
9- Telefónica móviles de España: la división de Teléfonica facturó 8.959.466.000 el pasado año. Sin embargo, ha caído dos puestos en esta lista, entre otras cosas por la creciente competencia en el mundo de la telefonía móvil.
10- Telefónica: y la tercera de las tres compañías que sitúa Telefónica en este top-10, con unas ventas totales de 6.863.000.000 euros.
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